A VUELTAS CON EL REFERÉNDUM

No es de recibo que, tras las reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional declarando que no es posible la realización del referéndum, personas de la dirección de partidos políticos que tienen aspiraciones de gobierno, consideren «inevitable» el golpe de Estado en Cataluña o promuevan que es necesario acudir a votar, aunque sea no, en un referéndum declarado ilegal. Que digan que será un “simple recuento” sin valor legal o una “movilización ciudadana”. Ello equivale a aceptar la colaboración en la realización de ese golpe a la democracia, siendo cómplices de un delito de desobediencia, además, a las decisiones de los tribunales. Y no podemos estar dispuestos a ello.

Si ya antes de haber conocido el texto de ese engendro jurídico que es el proyecto de “Ley del Derecho de autodeterminación”, ya estaba claro que el referéndum no se podía hacer, por haber sido declarado contrario a la Constitución reiteradamente por el Tribunal Constitucional, una vez conocido el mismo no cabe más que reafirmarse en el no rotundo a su celebración. Y ello por varias razones, tanto de legalidad como de legitimidad.

Nunca se puede aceptar un referéndum «de entrada» para decidir sobre algo que no sabes a qué te va a llevar. Refrendar es avalar algo, por ejemplo, una constitución, un estatuto, incluso una ley en según qué países, que tiene ya un contenido fijado, de acuerdo con los procedimientos establecidos. Lo recordó Angel Ros, Alcalde de Lleida, en la presentación que hicimos de elCatalan.es en esa ciudad. Pero aquí el secesionismo no nos ofrece un modelo de convivencia a refrendar, quiere imponernos, mediante una votación que desnaturaliza la institución del referéndum, un modelo político totalitario que los demócratas no podemos dejarnos imponer. Por razones de legalidad y, repito, por razones de legitimidad.

Por razones de legalidad, es necesario insistir en que el proyecto no cumple con los estándares formales, constitucionales e internacionales. El Derecho internacional exige y la Comisión de Venecia así lo establece en su “Código de Buenas Prácticas”, que cualquier referéndum (quieren llamarlo de autodeterminación, pero hasta ahí se equivocan, pues, técnicamente, sería de secesión, es decir, cuando un territorio se separa de un Estado del que forma parte, pues el de autodeterminación está dirigido a las entidades coloniales) esté constitucionalmente previsto (es decir, autorizado) y que tenga en vigor, como mínimo desde un año antes, una ley reguladora, pues se cree necesario que la población pueda tomar perfecto conocimiento de la misma. En nuestro caso ni existe la previsión constitucional ni la ley reguladora y pretenden aprobarla escasas semanas antes de la realización de la consulta. Desde el punto de vista formal, pues, no se cumple con ninguno de los requisitos.

Las razones de legitimidad giran en torno al contenido que tiene que tener una ley reguladora del referéndum en una sociedad democrática, tal como también refiere la Comisión de Venecia en el Código antecitado y tal como lo ha manifestado en diversos Dictámenes sobre casos concretos, Montenegro y Crimea, como veremos. Analicémoslo por puntos.

Como principios generales, hemos de recordar que el Derecho Internacional reconoce el derecho de autodeterminación en los procesos de descolonización y el de secesión cuando se trata de territorios en los que viven minorías sojuzgadas, es decir, que sufren graves violaciones de derechos humanos. Ni una cosa ni la otra son aplicables a Cataluña. El hasta hace poco Secretario General de Naciones Unidas, Ban Ki-moon así lo manifestó expresamente y en la página web de Naciones Unidas en las que se contiene el listado de territorios sujetos a tales derechos Cataluña ni está ni se la espera. Además, no se sostiene por ningún lado la afirmación que realiza el proyecto de que el principio democrático está por encima del de legalidad, puesto que en el constitucionalismo democrático actual, los principios se sitúan todos en el mismo plano jurídico y ninguno prevalece sobre el otro. Ley y democracia están indisolublemente unidas y no existe la una sin la otra.

Yendo a los puntos concretos, se observa contradicción entre las buenas prácticas y las resoluciones internacionales en cuanto que:

  • El texto no surge de un debate amplio cuyo resultado sea un acuerdo mayoritario entre las distintas opciones políticas, sino que ha sido elaborado sin la participación de la oposición parlamentaria, hurtándole así el ejercicio de los derechos básicos que conlleva la representación política. La ciudadanía tampoco ha sido informada de ello, quebrando al mismo tiempo las propias normas de transparencia que están vigentes en Cataluña.
  • No se garantiza la neutralidad de las autoridades convocantes, como es lo exigible en estos procesos. Todo lo contrario, el Gobierno es totalmente beligerante, presionando incluso a sus funcionarios si no se avienen a coadyuvar en la realización del referéndum ilegal.
  • No se determina cuál será el censo ni cómo se elaborará, lo cual es esencial para conocer cuáles son los titulares del derecho al voto. Nadie que no esté en el censo puede votar, ni en elecciones ni en referéndum. Además, el censo tiene que estar determinado siempre con antelación, para que toda la ciudadanía pueda comprobar que sus datos censales son los correctos.
  • No se organizan las mesas electorales con las garantías necesarias para asegurar la neutralidad de los comicios. Además de los componentes de las mesas, que hay que determinar normalmente a partir de los criterios preestablecidos en las leyes electorales, se tiene que prever la presencia de interventores y apoderados en forma plural y democrática.
  • El proyecto pretende declarar unilateralmente una “independencia exprés” por simple mayoría de votos afirmativos a su favor. Aquí hay que señalar que, contrariamente a lo que afirman los voceros del secesionismo, la Comisión de Venecia, en el Dictamen sobre Montenegro en 2005, reiterado en el relativo a Crimea en 2014, considera necesario que se exijan mayorías amplias de votantes sobre el censo y mayorías amplias de votos afirmativos, para que la secesión sea aceptable, porque se trata de decisiones de importancia cualitativa que imponen amplias mayorías para su adopción.

Por último, aunque no en último lugar, también hay que señalar que el proyecto que el Govern y Junts pel Sí han presentado a la Mesa del Parlament, además de haber sido considerado contrario a la Constitución por unánime opinión del Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya, pretende ser aprobado mediante el procedimiento legislativo “exprés”, en lectura única y sin debate ni enmiendas, regulado en la reforma del Reglament del Parlament que ha sido impugnada por el Gobierno de España ante el Tribunal Constitucional y que éste ha admitido a trámite. La admisión suspende automáticamente la aplicación de la norma y, además, el Tribunal Constitucional ha advertido nominalmente a los responsables de la tramitación parlamentaria del proyecto las responsabilidades en las que pueden incurrir, incluidas las penales.

Estamos, pues, ante lo que ha sido calificado desde diversas instancias jurídicas, ante un verdadero golpe de estado institucional, de imprevisibles consecuencias, sobre el que los partidos y organizaciones del arco constitucional hemos de pronunciarnos rotundamente en contra. El Presidente del Gobierno español y diversos miembros de su Gobierno, vienen repitiendo reiteradamente que el referéndum no tendrá lugar. Pero el secesionismo está dispuesto a “poner las urnas” como sea. Y, además, pretende que las personas contrarias a la independencia de Cataluña vayan a votar, votando no, para legitimar así su propia posición.

Por qué Otegi, ERC, la ANC y el resto de totalitarios quieren convencer de que hay que ir a votar no? Porque necesitan que el referéndum tenga un cierto grado de participación, un mínimo de participación del NO para, así, legitimar su SI. Pero, por todo lo expuesto, no hay que ir a votar no, sino que no hay que ir a votar. El referéndum no se puede hacer y no se hará. Y los intentos que tengan lugar han de ser rechazados activamente, con dignidad y con firmeza, por las autoridades y por la ciudadanía.

 

Barcelona, 1 de agosto de 2017


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