RESUMEN DEL AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (1 AGOSTO 2016) SOBRE LA RESOLUCIÓN DEL PARLAMENT DE CATALUNYA

Principales puntos del Auto del Pleno del Tribunal Constitucional de 1 de agosto de 2016. Incidente de ejecución de sentencia del Tribunal Constitucional (arts. 87 y 92 LOTC) promovido por el Gobierno de la Nación.

El Tribunal Constitucional, por unanimidad:

– Suspende la Resolución 263/XI del Parlamento de Cataluña, de 27 de julio de 2016 (a la espera de la sentencia sobre el fondo), abriendo el plazo para alegaciones (20 días).

– Emplaza, tanto a la Presidenta como a la Mesa y al Secretario General del Parlament, así como el President y el resto de los miembros del Govern, a impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir.

– Abre el incidente de ejecución de sentencias por incumplimiento de las suyas anteriores (STC 259/2015, de 2 de diciembre y el ATC de 19 de julio de 2016), lo cual es necesario para aplicar la suspensión de empleo y sueldo e imponer las multas previstas en la LOTC reformada, dando 20 días de plazo para que los implicados hagan sus alegaciones, en cumplimiento del derecho a la “defensa”.

– Envía los hechos a la Fiscalía para que determine si también procede aplicar la vía penal.

– Declara hábiles los días hábiles de agosto (que normalmente no lo son judicialmente) para no retrasar la causa.

Un análisis atento del auto en su conjunto denota que el iter procesal tiene una coherencia aplastante.

Finalmente: O mucho me equivoco, o en el TC van en serio.

Teresa Freixes

Barcelona, 2 de agosto de 2016.

 


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